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  1. 2. psicologia y educacion infantil Los profesionales del centro

Claustro: es el órgano de participación de todos los profesores que prestan servicios docentes en el centro donde se encuentren.

Podemos considerarlo como un órgano técnico-pedagógico en el cual se planifica, coordina, decide, informa y evalúa sobre todas las actividades educativas que se realizan dentro del centro educativo, como función principal la de enseñar a todos los discentes incorporados en el centro.

 

Consejo escolar:es el nombre que en distintos sistemas educativos se da a una institución colegiada cuyas funciones se extienden al control de la gestión de los centros escolares, teniendo su mayor nivel decisiorio en cuestiones no estrictamente docentes, aunque su nivel competencial difiere según los países.

Suele componerse de miembros de la dirección de los centros (directorjefe de estudios), de la propiedad (en el caso de los centros privados) o de la administración (en el caso de los públicos -suele nombrarse a un representante del ayuntamiento-) y de los distintos sectores involucrados: representantes elegidos por los profesores, los alumnos, los padres de alumnos y el personal no docente opersonal de administración y servicios, en distintas proporciones.

 

Equipo directivo:

los Órganos de Gobierno Unipersonales constituyen el Equipo Directivo del Centro y trabaja de forma coordinada en el desempeño de sus funciones.

Funciones del Equipo Directivo

  • Velar por el buen funcionamiento del Centro.

  • Estudiar y presentar al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de todo la comunidad educativa en la vida del Centro.

  • Proponer procedimientos de evaluación de las actividades y proyectos del Centro y colaborar en las evaluaciones externas.

  • Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia del Centro.

  • Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro en el ámbito de sus respectivas competencias.

  • Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto.

  • Elaborar la propuesta del Proyecto Educativo del Centro, la Programación General Anual y la Memoria final del curso.

 

 

    3. los centros y sus tipos:

    guardería:
    Según el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española, "guardería infantil" es el lugar donde se cuida y atiende a los niños de corta edad. 
    Según la legislación española, ese término no existe. En la legislación se contemplan DOS TIPOS DE LUGARES DONDE SE CUIDAN Y ATIENDEN A LOS NIÑOS DE CORTA EDAD. Así nos encontramos los siguientes:

  • Centros de Educación Infantil.

  • Ludo tecas o guarderías "propiamente dichas

    centro de educación infantil:Un Centro de Educación Infantil es aquel en el cual los niños de edades comprendidas entre 0 y 6 años (esto es, antes de la Educación Obligatoria) ASISTEN DE MANERA REGULAR Y PERIÓDICA (aquí se marca la diferencia. Auna ludotecas se acude de manera esporadica, lo mismo que a la “guarderia” de un Centro Comercial). En estos centros se imparte la Educación Infantil, cuyo principio general y finalidad, según expone el articulo 12 de la Ley Orgánica de Educación, "es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños"."En el caso de los centros de primer ciclo (que acogen de manera regular y periódica a niños de 0 a 3 años) deberán estar regulados por las Administraciones Educativas, que determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica educando-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares." (Apartado 7 articulo 14 de la citada Ley).

 

ludo teca:
Es un centro o lugar de recreo donde se guardan juegos y juguetes para su uso y préstamo. Los niños acuden de manera esporádica y no regular. Es decir, suelen ir a pasar un rato, de vez en cuando, si la madre o el padre tienen que hacer alguna gestión o sencillamente para que los niños jueguen. Dentro de este apartado estarían las llamadas "guarderías" de los aeropuertos, centros comerciales etc. Este tipo de centro o lugar no esta regulado mediante una Ley Estatal y según nuestros conocimientos tampoco Autonómica, siendo el responsable de la autorización el Ayuntamiento de la correspondiente localidad. 
NOTA: En la Comunidad de Madrid se especifica que: Los centros ubicados en la Comunidad de Madrid que acojan regularmente a niños menores de tres años y que no impartan el primer ciclo de Educación Infantil deberán cumplir la normativa municipal correspondiente o cualquier otra normativa que les sea de aplicación.

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